Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Palencia

Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación

Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación,  incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.

¿Sabías que las madres pensionistas pueden tener una bonificación extra por tener 2 o más hijos? ¡Quizás sí! Lo que probablemente no sepas es que ahora asimismo aplica en el caso de progenitores. Pero eso no es todo: En Pérez y Bravo Abogados te asistimos a demandar el complemento por maternidad para hombres en Palencia.

Como especialistas en Seguridad Social, asimismo estamos comprometidos en contribuir con la mejora de la economía familiar. De esta forma, no estás solo en este proceso, y como consecuencia queremos percibir tu caso de forma completamente gratis y sin ningún compromiso descubrirás que somos los abogados que precisas.

De esta forma, nos hemos dedicado a estudiar desde la Ley General de la Seguridad Social (LGSS); hasta las sentencias y modificaciones que han surgido luego. ¿No sabes de qué te hablamos? Te haremos un resumen, para que sepas sobre el proceso, el cual vuelve posible la mejora de tus derechos como padre hoy día.

Dicha Ley brota bajo el Decreto Legislativo 8/2015; teniendo como finalidad producir mayor aporte a las mujeres que, aparte de percibir una pensión por determinadas condiciones ya existentes; también recibirían un ingreso extra por haber sido madres. Este complemeno era tanto para pensionistas por jubilación para incapacidad permanente o bien viudedad.

Años después se pronunció en Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE); dejando patente una discriminación de género con respecto a los hombres.

¿Si esta ley es en pro de la Seguridad Social y beneficia a las madres por aportar más hijos y en consecuencia asistir a sostener el sistema, qué ocurre con los progenitores que están en la misma condición? Bajo esta pregunta, se hizo una reclamación frente al tribunal mencionado; y su contestación fue positiva. Con motivo de ello, desde el dos mil diecinueve este complemento también es una posibilidad para hombres.

¿Estás en Palencia y cumples con los requisitos para percibir tu complemento? Contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma gratuita.

¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!

    Nombre*

    Email*

    Teléfono*

    Mensaje

    Acepto la política de protección de datos

    Con arreglo al RGPD 2016/67.9, autorizo a Perezybravoabogados.com a utilizar mis datos con el objetivo de proporcionarme información comercial sobre sus servicios o para recibir algún tipo de asesoramiento como cliente. Para el ejercicio de sus derechos ARCO puede dirigirse a administracion@perezybravo.es Política protección de datos

    ¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?

    Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Castilla y León por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Palencia.

    ¿Estas en Palencia pero no en la capital?

    No sólo atendemos en Palencia atendemos en todas las localidades de Palencia: Abarca de Campos, Abia de las Torres, Aguilar de Campoo, Alar del Rey, Alba de Cerrato, Amayuelas de Arriba, Ampudia, Amusco, Antigüedad, Arconada, Astudillo, Autilla del Pino, Autillo de Campos, Ayuela, Baltanás, Baquerín de Campos, Bárcena de Campos, Barruelo de Santullán, Báscones de Ojeda, Becerril de Campos, Belmonte de Campos, Berzosilla, Boada de Campos, Boadilla de Rioseco, Boadilla del Camino, Brañosera, Buenavista de Valdavia, Bustillo de la Vega, Bustillo del Páramo de Carrión, Calahorra de Boedo, Calzada de los Molinos, Capillas, Cardeñosa de Volpejera, Carrión de los Condes, Castil de Vela, Castrejón de la Peña, Castrillo de Don Juan, Castrillo de Onielo, Castrillo de Villavega, Castromocho, Cervatos de la Cueza, Cervera de Pisuerga, Cevico de la Torre, Cevico Navero, Cisneros, Cobos de Cerrato, Collazos de Boedo, Congosto de Valdavia, Cordovilla la Real, Cubillas de Cerrato, Dehesa de Montejo, Dehesa de Romanos, Dueñas, Espinosa de Cerrato, Espinosa de Villagonzalo, Frechilla, Fresno del Río, Frómista, Fuentes de Nava, Fuentes de Valdepero, Grijota, Guardo, Guaza de Campos, Hérmedes de Cerrato, Herrera de Pisuerga, Herrera de Valdecañas, Hontoria de Cerrato, Hornillos de Cerrato, Husillos, Itero de la Vega, Lagartos, Lantadilla, Ledigos, Loma de Ucieza, Lomas, Magaz de Pisuerga, Manquillos, Mantinos, Marcilla de Campos, Mazariegos, Mazuecos de Valdeginate, Melgar de Yuso, Meneses de Campos, Micieces de Ojeda, Monzón de Campos, Moratinos, Mudá, Nogal de las Huertas, Olea de Boedo, Olmos de Ojeda, Osornillo, Osorno la Mayor, Palencia, Palenzuela, Páramo de Boedo, Paredes de Nava, Payo de Ojeda, Pedraza de Campos, Pedrosa de la Vega, Perales, La Pernía, Pino del Río, Piña de Campos, Población de Arroyo, Población de Campos, Población de Cerrato, Polentinos, Pomar de Valdivia, Poza de la Vega, Pozo de Urama, Prádanos de Ojeda, La Puebla de Valdavia, Quintana del Puente, Quintanilla de Onsoña, Reinoso de Cerrato, Renedo de la Vega, Requena de Campos, Respenda de la Peña, Revenga de Campos, Revilla de Collazos, Ribas de Campos, Riberos de la Cueza, Saldaña, Salinas de Pisuerga, San Cebrián de Campos, San Cebrián de Mudá, San Cristóbal de Boedo, San Mamés de Campos, San Román de la Cuba, Santa Cecilia del Alcor, Santa Cruz de Boedo, Santervás de la Vega, Santibáñez de Ecla, Santibáñez de la Peña, Santoyo, La Serna, Soto de Cerrato, Sotobañado y Priorato, Tabanera de Cerrato, Tabanera de Valdavia, Támara de Campos, Tariego de Cerrato, Torquemada, Torremormojón, Triollo, Valbuena de Pisuerga, Valdeolmillos, Valderrábano, Valde-Ucieza, Valle de Cerrato, Valle del Retortillo, Velilla del Río Carrión, Venta de Baños, Vertavillo, La Vid de Ojeda, Villabasta de Valdavia, Villacidaler, Villaconancio, Villada, Villaeles de Valdavia, Villahán, Villaherreros, Villalaco, Villalba de Guardo, Villalcázar de Sirga, Villalcón, Villalobón, Villaluenga de la Vega, Villamartín de Campos, Villamediana, Villameriel, Villamoronta, Villamuera de la Cueza, Villamuriel de Cerrato, Villanueva del Rebollar, Villanuño de Valdavia, Villaprovedo, Villarmentero de Campos, Villarrabé, Villarramiel, Villasarracino, Villasila de Valdavia, Villaturde, Villaumbrales, Villaviudas, Villerías de Campos, Villodre, Villodrigo, Villoldo, Villota del Páramo o Villovieco

    ¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?

    Pese a que puede confundirse con un beneficio constitutivo en sí, realmente es un suplemento para mujeres pensionistas. Este mismo procede por término de maternidad: Solo en el caso de mujeres que tuvieran una pensión de viudedad o incapacidad permanente o bien jubilación.

    Complemento maternidad pensión viudedad y también incapacidad permanente 

    Las pensiones de incapacidad permanente y viudedad para mujeres también se vieron incrementadas de igual forma que las de jubilación con lo que a la hora de demandar es posible hacerlo para las pensiones de este tipo.

    Cómo son los complementos por hijos jubilación

    Antes contaba con unas condiciones para proceder, que fueron revocadas en las modificaciones nuevas, en las que encontramos:

    • Que la jubilación adelantada voluntaria, no se hubiese tratado de hechos no imputables a la trabajadora o trabajador del cual se traten los hijos.

    • Que dicha jubilación no fuese parcial (normativa que sigue vigente).

    • Y que no se traten de jubilaciones por invalidez o bien otras similares, puesto que se consideran parte de pensiones no contributivas; las que no se tomaban en cuenta para recibir el beneficio.

    Por qué es preciso el complemento pensión por hijos

    Dicho beneficio brota después de una investigación demográfico, como solución a las necesidades de la seguridad social y también incentivar el incremento de poblacion. De este modo, esto es el resultado de lo que es conocido como “aportación demográfica para la Seguridad Social”.

    El nuevo complemento de paternidad

    Al excluir a familias donde existen padres solteros, se había creado una brecha de género; lo que se había visto representado en quejas desde el 2017. Esto, en vista de que el argumento que inició el complemento (aportación demográfica); quedaba inconcluso: Hombres con una condición idéntica, quedaban desvalidos. 

    Actualmente pueden acceder al complemento, pero no de forma automática: Debe demostrarse la cualidad de perjuicio laboral posterior al nacimiento o adopción de su hijo; para poder acceder al beneficio de aumento en la pensión.

    Nuevo complemento de paternidad pensiones

    Dicho suplemento a la pensión rige de forma idéntica en el caso de mujeres; con los lapsos y requerimientos establecidos por la ley. Anteriormente los porcentajes estaban distribuidos por la cantidad de hijos, pero eso cambió en la reforma de este año: 

    • Consta de una tarifa única de aproximadamente 27 euros mensuales por cada hijo; lo que se resume a 378 euros anuales.
    • Se reconoce hasta 4 hijos; es decir, que el padre (o la madre), pese a que tengan 5 o 6 hijos, solo recibirán importe por 4 de ellos como máximo.

      Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación

      La jubilación debe tener como hecho causante el nacimiento o adopción del hijo (hasta el 2 de febrero del 2021), en primer lugar; así como ser padre viudo, o en quien recaiga la incapacidad o imposibilidad de trabajar. Porque, de también estar en perjuicio la profesión de la madre pensionada, el complemento lo obtiene ella.

      En todos los casos, es un beneficio que debe hacerse mediante un proceso de reclamación de la aportación demográfica. Además, no procede de forma automática; sino a través de una reclamación administrativo ante el instituto correspondiente.

      Cabe destacar, a su vez, que existe una diferenciación en este particular referente al complemento de maternidad y paternidad: Este último no se puede solicitar en caso de jubilación anticipada.

      Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres

      Una condena por delitos de violencia ya sea a los propios hijos o a la madre de ellos; según los términos en los que la ley estipula la violencia y establece los delitos.

      Un tipo de pensión parcial según el artículo 215 LGGS. Observando que, de cambiar la situación de la retribución a una de tipo completa; ya pudiese optar por el beneficio.

      Que se haya privado de la patria potestad por no cumplir con sus responsabilidades.