Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Cuenca

Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación

Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación,  incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.

En el dos mil dieciseis, fue creado un novedoso suplemento que protegía y buscaba corregir los desafíos económicos de las madres de España. Es de esta forma como, aquellas mujeres pensionistas (por incapacidad permanente, viudedad o bien jubilación); que no tuviesen un ingreso salarial, recibirían un porcentaje extra que podía ser del cinco al uno por cien , en el caso de tener dos o bien más hijos.

Desde el dos mil diecinueve comenzaron a presentarse sentencias que dejaban en evidencia que la ley discriminaba a los hombres por el simple hecho de serlo.

Tras las primeras sentencias positivas y el espaldarazo del TJUE, queda más que demostrada la discriminación ¡Ahora los hombres pensionistas asimismo pueden acceder al complemento! Por lo que se ha abierto la posibilidad de interpelar por muchos progenitores de Cuenca para que puedan percibir una remuneración justa.

En Pérez y Bravo Abogados, somos expertos en derecho de la Seguridad Social en Cuenca y estamos involucrados en los procesos para prosperar la vida de muchas familias de Cuenca. Es por esta razón que nos dotamos de todas las herramientas para hacer cumplir el complemento de maternidad para pensiones de jubilación asimismo para hombres.

Te ayudamos a demandar el complemento de maternidad en Cuenca contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma completamente gratis.

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    ¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?

    Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Castilla la Mancha por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Cuenca.

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    ¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?

    Es un aumento de pensiones en madres que; al cumplir con dificultades como incapacidad permanente, entrada única de dinero por viudedad, o bien jubilación (ya sea tarde o temprano de tener hijos); reciben un incremento mensual por ayudar al sistema cuando tienen más de 1 hijo.

    • Es una forma de mantener pensiones provechosas, al tiempo que se reconoce el trabajo de maternidad. Así, queda entendido que es una bonificación extra que se recibe con motivación de sostenimiento del sistema, pero tiene como sitio una pensión existente en mujeres españolas.

    Complemento maternidad pensión viudedad y también incapacidad permanente 

    Las pensiones de incapacidad permanente también cuentan con un complemento de maternidad con lo que es posible demandar en exactamente las mismas condiciones que en el caso de las pensiones de jubilación.

    De igual forma, las pensiones de viudedad cuentan también con el complemento de maternidad por lo que se podría reclamar el incremento de la cuantía sin problema.

    Cómo son los complementos por hijos jubilación

    Anteriormente, con el decreto del 2015; no optaban al beneficio las mujeres con jubilaciones adelantadas voluntarias; o bien aquellas que contaran con jubilaciones no contributivas.

    Por qué es preciso el complemento pensión por hijos

    Como bien se define, esta es una aportación demográfica que busca corregir las debilidades de determinadas poblaciones. Es por esta razón que, una de las maneras de comparar las diferencias encontradas; y precisamente mejorar la relación de igualdad entre las poblaciones, es incluir a los hombres en el complemento.

    El nuevo complemento de paternidad

    Al excluir a familias donde existen padres solteros, se había creado una brecha de género; lo que se había visto representado en quejas desde el 2017. Esto, en vista de que el argumento que inició el complemento (aportación demográfica); quedaba inconcluso: Hombres con una condición idéntica, quedaban desvalidos. 

    Actualmente pueden acceder al complemento, pero no de forma automática: Debe demostrarse la cualidad de perjuicio laboral posterior al nacimiento o adopción de su hijo; para poder acceder al beneficio de aumento en la pensión.

    Nuevo complemento de paternidad pensiones

    Es una adaptación del nuevo complemento de maternidad, el cual tiene los mismos requisitos para proceder; sumada la necesidad de comprobar perjuicio laboral, ya que no procede automáticamente. En cuanto a la bonificación, los padres también recibirán la suma fija de 27 euros mensuales (378 euros anuales), por cada hijo que tengan; hasta un máximo de 4.

    Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación

    La jubilación debe tener como hecho causante el nacimiento o adopción del hijo (hasta el 2 de febrero del 2021), en primer lugar; así como ser padre viudo, o en quien recaiga la incapacidad o imposibilidad de trabajar. Porque, de también estar en perjuicio la profesión de la madre pensionada, el complemento lo obtiene ella.

    En todos los casos, es un beneficio que debe hacerse mediante un proceso de reclamación de la aportación demográfica. Además, no procede de forma automática; sino a través de una reclamación administrativo ante el instituto correspondiente.

    Cabe destacar, a su vez, que existe una diferenciación en este particular referente al complemento de maternidad y paternidad: Este último no se puede solicitar en caso de jubilación anticipada.

    Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres

    Si ha ejercido violencia contra la madre de estos; según los términos establecidos en la ley, y se haya condenado por ello.

    Si los actos violentos fueron contra los hijos; y en caso de que los delitos por violencia familiar estén denunciados y condenados.

    Si ha sido privado de la patria potestad, por no haber sido responsable en el cumplimiento de sus deberes como representante del hijo en cuestión.

    Si la pensión es parcial, según el artículo 215 de la LGSS.