Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Burgos

Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación

Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación,  incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.

En el 2016, fue creado un novedoso suplemento que protegía y buscaba enmendar los desafíos económicos de las madres de España. Así es como, aquellas mujeres pensionistas (por incapacidad permanente, viudedad o jubilación); que no tuviesen un ingreso salarial, recibirían un porcentaje extra que podía ser del cinco al uno por ciento , en el caso de tener 2 o bien más hijos.

Desde el 2019 empezaron a presentarse sentencias que dejaban en evidencia que la ley discriminaba a los hombres por el simple hecho de serlo.

Tras las primeras sentencias positivas y el espaldarazo del TJUE, queda más que demostrada la discriminación ¡Ahora los hombres pensionistas asimismo pueden acceder al complemento! Por lo que se ha abierto la posibilidad de solicitar por muchos padres de Burgos a fin de que puedan recibir una retribución justa.

En Pérez y Bravo Abogados, somos expertos en derecho de la Seguridad Social en Burgos y estamos implicados en los procesos para progresar la vida de muchas familias de Burgos. Es por ello que nos dotamos de todas las herramientas para hacer cumplir el complemento de maternidad para pensiones de jubilación también para hombres.

Te ayudamos a reclamar el complemento de maternidad en Burgos contacta con nosotros y valoraremos tu caso de forma absolutamente gratuita.

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    ¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?

    Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Castilla y León por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Burgos.

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Burgos, Cardeñadijo, Cardeñajimeno, Cardeñuela Riopico, Carrias, Cascajares de Bureba, Cascajares de la Sierra, Castellanos de Castro, Castil de Peones, Castildelgado, Castrillo de la Reina, Castrillo de la Vega, Castrillo de Riopisuerga, Castrillo del Val, Castrillo Mota de Judíos, Castrojeriz, Cavia, Cayuela, Cebrecos, Celada del Camino, Cerezo de Río Tirón, Cerratón de Juarros, Ciadoncha, Cillaperlata, Cilleruelo de Abajo, Cilleruelo de Arriba, Ciruelos de Cervera, Cogollos, Condado de Treviño, Contreras, Coruña del Conde, Covarrubias, Cubillo del Campo, Cubo de Bureba, La Cueva de Roa, Cuevas de San Clemente, Encío, Espinosa de Cervera, Espinosa de los Monteros, Espinosa del Camino, Estépar, Fontioso, Frandovínez, Fresneda de la Sierra Tirón, FresneñaFresnillo de las Dueñas, Fresno de Río Tirón, Fresno de Rodilla, Frías, Fuentebureba, Fuentecén, Fuentelcésped o Fuentelisendo, FuentemolinosFuentenebro, Fuentespina, Galbarros, La Gallega, Grijalba, Grisaleña, Gumiel de Izán, Gumiel 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Rebolledo de la Torre, Redecilla del Camino, Redecilla del Campo, Regumiel de la Sierra, Reinoso, Retuerta, Revilla del Campo, Revilla Vallejera, La Revilla y Ahedo, Revillarruz, Rezmondo, Riocavado de la Sierra, Roa, Rojas, Royuela de Río Franco, Rubena, Rublacedo de Abajo, Rucandio, Salas de Bureba, Salas de los Infantes, Saldaña de Burgos, Salinillas de Bureba, San Adrián de Juarros, San Juan del Monte, San Mamés de Burgos, San Martín de Rubiales, San Millán de Lara, San Vicente del Valle, Santa Cecilia, Santa Cruz de la Salceda, Santa Cruz del Valle Urbión, Santa Gadea del Cid, Santa Inés, Santa María del Campo, Santa María del Invierno, Santa María del Mercadillo, Santa María Rivarredonda, Santa Olalla de Bureba, Santibáñez de Esgueva, Santibáñez del Val, Santo Domingo de Silos, Sargentes de la Lora, Sarracín, Sasamón, La Sequera de Haza, Solarana, Sordillos, Sotillo de la Ribera, Sotragero, Sotresgudo, Susinos del Páramo, Tamarón, Tardajos, Tejada, Terradillos de Esgueva, 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    ¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?

    Es un suplemento fluctuaba entre porcentajes del 5 al 1. por cien ; mas ahora es una contribución fija mensual en el caso de pensionistas por incapacidad permanente, viudedad o jubilación.

  • Así mismo, es imperativo que en caso de las primeras causales exista una pensión en curso, previamente declarada; para que resulte posible percibir el suplemento. Por otro lado, la nueva ley asimismo acepta una jubilación adelantada como una parte de las madres a bonificar (antes solo se podía en jubilaciones temporales por maternidad).

  • Complemento maternidad pensión viudedad e incapacidad permanente 

    La sentencia del TJUE se refiere al caso de una pensión de jubilación, sin embargo, las pensiones de viudedad y también incapacidad permanente al disfrutar de un complemento precisamente igual son igualmente elegibles para realizar la reclamación.

    Cómo son los complementos por hijos jubilación

    Antes contaba con unas condiciones para proceder, que fueron anuladas en las modificaciones nuevas, en las que encontramos:

    • Que la jubilación anticipada voluntaria, no se hubiese tratado de hechos no imputables a la trabajadora o trabajador del cual se traten los hijos.

    • Que dicha jubilación no fuera parcial (normativa que sigue vigente).

    • Y que no se traten de jubilaciones por invalidez o bien otras similares, ya que se consideran una parte de pensiones no contributivas; las que no se tomaban en cuenta para percibir el beneficio.

    Por qué es preciso el complemento pensión por hijos

    Como bien se define, esta es una aportación demográfica que busca enmendar las debilidades de ciertas poblaciones. Es por este motivo que, una de las maneras de comparar las diferencias encontradas; y precisamente prosperar la relación de igualdad entre las poblaciones, es incluir a los hombres en el complemento.

    El nuevo complemento de paternidad

    La historia de este nuevo complemento inició en el 2019: El TJUE reconoció la brecha de género que se estaba creando en dicha ley. Con motivo de ello, se dictó una sentencia que, jurisprudencialmente, comenzó resolver la discriminación en complementos de pensiones por hijos.

    Con la reforma de febrero del año en curso, ya es una posibilidad de la ley. Sin embargo, opera por descarte y de forma comprobable. Por ello, se debe entregar prueba de haber sufrido un perjuicio laboral por deber hacerse cargo de hijos; para que el beneficio sea aprobado.

    Nuevo complemento de paternidad pensiones

    Tiene los mismos requisitos y reglamentos que en caso de mujeres; así mismo, tampoco varía el monto a recibir. Antes se encontraba distribuido por porcentajes según la cantidad de hijos. 

    Ahora, las modificaciones del 2021 establecieron una cifra única para todos los casos: Se fijaron 378 euros anuales por cada hijo; y un máximo de 4 infantes por los que responder (así, si el padre tiene 5 hijos, recibirá un importe por 4 de ellos).

    Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación

    El primer requisito es que debe haberse visto interrumpida la actividad profesional del padre, con motivo del nacimiento o adopción del hijo o hija. Así, de comprobar ante el instituto de Seguridad Social el nacimiento o adopción de hijos antes del 3 de febrero del 2021; y la necesidad de dedicarse exclusivamente a su infante, recibirá el suplemento.

    En caso de hombres, no opera la jubilación anticipada, único aspecto que lo diferencia del nuevo complemento de maternidad; en cuanto al tipo de pensión que hay que tener para optar por la bonificación extra.

    Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres

    Que existiese violencia intrafamiliar por parte de dicho padre. Así también, debe haber sido condenado por violencia de género a la madre, o a los hijos; según las causales de las leyes que regulan estos delitos.

    Que hubiese privativa de la patria potestad en caso de incumplimiento de la manutención.

    Cuando la condición de la pensión es parcial (artículo 215 LGGS). Sin perjuicio de que al conceder la retribución en su estado completo; se acceda al complemento.

    Si la madre de sus hijos es pensionista o puede optar por la pensión y complemento (procede de forma automática para la madre, y a través de una reclamación para el padre).