Complemento de maternidad y paternidad en pensiones de jubilación en Huelva

Incrementa entre un 5% - 15% tu pensión de jubilación

Si eres padre con dos hijos o más tienes una pensión de jubilación,  incapacidad permanente o viudedad, reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 2 de febrero de 2021 cumples los requisitos para incrementar tu pensión entre un 5 y un 15%.

¿Sabías que las madres pensionistas pueden tener una bonificación extra por tener 2 o más hijos? ¡Tal vez sí! Lo que seguramente no sepas es que ahora asimismo aplica en caso de progenitores. Pero eso no es todo: En Pérez y Bravo Abogados te ayudamos a reclamar el complemento por maternidad para hombres en Huelva.

Como expertos en Seguridad Social, también estamos comprometidos en contribuir con la mejora de la economía familiar. Así, no estás solo en este proceso, y como consecuencia queremos percibir tu caso de forma completamente gratuita y sin compromiso alguno descubrirás que somos los abogados que necesitas.

De esta forma, nos hemos dedicado a estudiar desde la Ley General de la Seguridad Social (LGSS); hasta las sentencias y modificaciones que han surgido luego. ¿No sabes de qué te charlamos? Te haremos un resumen, para que sepas sobre el proceso, el cual hace posible la mejora de tus derechos como padre en nuestros días.

Dicha Ley brota bajo el Decreto Legislativo 8/2015; teniendo como finalidad producir mayor aporte a las mujeres que, además de recibir una pensión por ciertas condiciones ya existentes; también recibirían un ingreso extra por haber sido madres. Este complemeno era tanto para pensionistas por jubilación para incapacidad permanente o bien viudedad.

Años después se pronunció en Tribunal de Justicia de la UE (TJUE); dejando patente una discriminación de género con respecto a los hombres.

¿Si esta ley es en pro de la Seguridad Social y favorece a las madres por aportar más hijos y por lo tanto asistir a sostener el sistema, qué sucede con los progenitores que están en exactamente la misma condición? Bajo esta pregunta, se hizo una reclamación ante el tribunal mencionado; y su contestación fue positiva. Con motivo de ello, desde el 2019 este complemento asimismo es una posibilidad para hombres.

¿Estás en Huelva y cumples con los requisitos para percibir tu complemento? Contacta con nosotros y valoraremos tu caso de manera gratuita.

¡RECLAMA TU COMPLEMENTO POR MATERNIDAD!

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    ¿Por qué Pérez y Bravo Abogados?

    Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, nos hemos especializado en las nuevas reclamaciones por complementos de paternidad/maternidad llevando casos de toda España. Gracias a nuestra red de colaboradores estamos informados sobre todas las sentencias positivas y que marcan jurisprudencia en Andalucía por lo que podremos atenderte sin ningún problema en Huelva.

    ¿Estas en Huelva pero no en la capital?

    No sólo atendemos en Huelva atendemos en todas las localidades de Huelva: Alájar, Aljaraque, El Almendro, Almonaster la Real, Almonte, Alosno, Aracena, Aroche, Arroyomolinos de León, Ayamonte, Beas, Berrocal, Bollullos Par del Condado, Bonares, Cabezas Rubias, Cala, Calañas, El Campillo, Campofrío, Cañaveral de León, Cartaya, Castaño del Robledo, El Cerro de Andévalo, Chucena, Corteconcepción, Cortegana, Cortelazor, Cumbres de Enmedio, Cumbres de San Bartolomé, Cumbres Mayores, Encinasola, Escacena del Campo, Fuenteheridos, Galaroza, Gibraleón, La Granada de Río-Tinto, El Granado, Higuera de la Sierra, Hinojales, Hinojos, Huelva, Isla Cristina, Jabugo, Lepe, Linares de la Sierra, Lucena del Puerto, Manzanilla, Los Marines, Minas de Riotinto, Moguer, La Nava, Nerva, Niebla, La Palma del Condado, Palos de la Frontera, Paterna del Campo, Paymogo, La Puebla de Guzmán, Puerto Moral, Punta Umbría, Rociana del Condado, Rosal de la Frontera, San Bartolomé de la Torre, San Juan del Puerto, San Silvestre de Guzmán, Sanlúcar de Guadiana, Santa Ana la Real, Santa Bárbara de Casa, Santa Olalla del Cala, Trigueros, Valdelarco, Valverde del Camino, Villablanca, Villalba del Alcor, Villanueva de las Cruces, Villanueva de los Castillejos, Villarrasa, Zalamea la Real, La Zarza-Perrunal o Zufre

    ¿Por qué debes solicitar el complemento de maternidad?

    Es un suplemento oscilaba entre porcentajes del cinco al uno por cien ; mas ahora es una contribución fija mensual en el caso de pensionistas por incapacidad permanente, viudedad o bien jubilación.

  • Así mismo, es imperativo que en el caso de las primeras causales exista una pensión en curso, previamente declarada; a fin de que sea posible recibir el suplemento. Por otra parte, la nueva ley asimismo acepta una jubilación anticipada como una parte de las madres a bonificar (ya antes solo se podía en jubilaciones temporales por maternidad).

  • Complemento maternidad pensión viudedad y también incapacidad permanente 

    Las pensiones de incapacidad permanente asimismo cuentan con un complemento de maternidad por lo que es posible reclamar en las mismas condiciones que en el caso de las pensiones de jubilación.

    De igual forma, las pensiones de viudedad cuentan también con el complemento de maternidad con lo que se podría demandar el incremento de la cuantía sin problema.

    Cómo son los complementos por hijos jubilación

    Antes contaba con unas condiciones para proceder, que fueron revocadas en las modificaciones nuevas, en las cuales encontramos:

    • Que la jubilación adelantada voluntaria, no se hubiera tratado de hechos no imputables a la trabajadora o bien trabajador del que se traten los hijos.

    • Que dicha jubilación no fuese parcial (normativa que prosigue vigente).

    • Y que no se traten de jubilaciones por invalidez u otras afines, puesto que se consideran una parte de pensiones no contributivas; las que no se tomaban en cuenta para recibir el beneficio.

    Por qué es necesario el complemento pensión por hijos

    La razón que tiene intrínseca el proyecto de ley es la “aportación demográfica para la Seguridad Social”. De esta manera, se persigue producir soluciones según las poblaciones y sus necesidades. Es justamente bajo este razonamiento por el que han prosperado las reclamaciones de hombres.

    El nuevo complemento de paternidad

    Al excluir a familias donde existen padres solteros, se había creado una brecha de género; lo que se había visto representado en quejas desde el 2017. Esto, en vista de que el argumento que inició el complemento (aportación demográfica); quedaba inconcluso: Hombres con una condición idéntica, quedaban desvalidos. 

    Actualmente pueden acceder al complemento, pero no de forma automática: Debe demostrarse la cualidad de perjuicio laboral posterior al nacimiento o adopción de su hijo; para poder acceder al beneficio de aumento en la pensión.

    Nuevo complemento de paternidad pensiones

    Dicho suplemento a la pensión rige de forma idéntica en el caso de mujeres; con los lapsos y requerimientos establecidos por la ley. Anteriormente los porcentajes estaban distribuidos por la cantidad de hijos, pero eso cambió en la reforma de este año: 

    • Consta de una tarifa única de aproximadamente 27 euros mensuales por cada hijo; lo que se resume a 378 euros anuales.
    • Se reconoce hasta 4 hijos; es decir, que el padre (o la madre), pese a que tengan 5 o 6 hijos, solo recibirán importe por 4 de ellos como máximo.

      Cómo optar por el complemento de paternidad jubilación

      En principio, este complemento se ejecuta por descarte y a través de una reclamación de la aportación demográfica: Si la madre no está en condiciones de vulnerabilidad (o no existe tal mujer); entonces lo toma el padre. Así mismo, de estar los dos en una situación de suspensión laboral, no lo recibiría el hombre. 

      Por otro lado, debe mostrarse la vigencia del hecho causante (nacido entre el 2016 y 2021); para poder solicitar o pedir una jubilación por nacimiento o adopción. Así mismo, es importante hacer mención que en este caso la opción de la jubilación anticipada no se contempla, como forma de adquirir el beneficio.

      Causas que inhabilitan a recibir el complemento de maternidad para padres

      Si ha ejercido violencia contra la madre de estos; según los términos establecidos en la ley, y se haya condenado por ello.

      Si los actos violentos fueron contra los hijos; y en caso de que los delitos por violencia familiar estén denunciados y condenados.

      Si ha sido privado de la patria potestad, por no haber sido responsable en el cumplimiento de sus deberes como representante del hijo en cuestión.

      Si la pensión es parcial, según el artículo 215 de la LGSS.