¿Tú, o algún familiar o conocido necesitan solicitar la pensión por incapacidad permanente? ¿Ya sabes cómo calcular la pensión?

La pensión por incapacidad permanente es una clase de ayuda económica. Puede ser requerida a la seguridad social por los trabajadores desde que estén incapacitados para la realización de sus labores. 

Para saber la cuantía que te corresponde en caso de que tengas que solicitarla, hay varios factores que debes considerar. De este modo, tendrás que saber que existen varios cálculos, según el origen y el grado de incapacidad laboral.

En Pérez y Bravo abogados, somos abogados especialistas en pensiones por incapacidad permanente en Sevilla. Así, en esta ocasión, te enseñaremos cómo calcular tu pensión por incapacidad permanente.

¿Cómo se determina la base reguladora de la pensión por incapacidad permanente?

Antes de todo, debes saber que se trata de una pensión contributiva. Por este motivo, el cálculo de la base reguladora estará condicionada a la base de cotización del favorecido, las cuales se delimitan desde la remuneración percibida.

Tendrás que utilizar una fórmula para calcular la incapacidad permanente que variará según el origen de la invalidez acometida. Así, deberás tener en cuenta cómo se generó la incapacidad, pudiendo ser por los motivos a seguir:

  • por enfermedad común;
  • por accidente no laboral;
  • por riesgo profesional, ya sea por accidente de trabajo o por enfermedad profesional.

A continuación, te expondremos cómo será la base reguladora conforme el origen de la incapacidad, veamos. 

La base reguladora en la hipótesis de enfermedad común

En este caso tendrás que considerar, en principio, si el beneficiario tiene más de 52 años o menos de 52 años. De este modo la regla general para saber la base reguladora se dará de la siguiente manera:

Para los mayores de 52 años:

  • debes sumar las bases de cotización de los últimos 8 años (96 meses) cotizados, antecedentes al hecho causante y luego dividirlas por 112.
  • tendrás que actualizar las bases de cotización de acuerdo con el IPC, salvo las 24 últimas bases;
  • si has contribuido hasta 15 años en total se aplicará un 50% a la base;
  • si has contribuido 35 años y medio se determinará el 100% a la base.

Para los que tienen menos de 52 años:

  • la cotización exigida será inferior a 96 meses. Por ejemplo, si se requiere 5 años (60 meses) de cotización, tendrás que sumar todas estas bases de cotización y luego dividirlas por 70 (60 meses y 10 pagas extras).
  • en lo demás se consideran las mismas reglas de los mayores de 52.

La base reguladora en la hipótesis de accidente laboral o enfermedad profesional  

Para calcular la base reguladora tendrás que sumar los salarios del año anterior al hecho causante de la siguiente manera:

  • la suma del salario base diario, considerada la antigüedad, multiplicado por 365;
  • los complementos salariales y las pagas extras se dividen por los días efectivamente trabajados multiplicado por 273;
  • el número obtenido se divide por 12, que dará el valor de la pensión que cobrarás en 12 prestaciones mensuales.

La base reguladora en la hipótesis de origen en accidente no laboral  

En los casos que incapacidad se diera en razón de un accidente no laboral deberás hacer el cálculo de la manera a seguir:

  • sumar las bases de cotización de 24 meses consecutivos;
  • en este caso podrás elegir entre las bases de los últimos 7 años que más te sean convenientes, luego dividirlas por 28.

Porcentajes que se aplican a la base reguladora dependiendo del grado de incapacidad reconocida

Finalmente, tienes que considerar que hay varios grados de incapacidad. Así, los porcentajes aplicados a la base reguladora dependen del grado de incapacidad reconocida.

Los grados de incapacidad laboral podrán ser:

  • incapacidad permanente parcial;
  • incapacidad permanente total para la profesión habitual;
  • incapacidad permanente absoluta para toda profesión;
  • gran invalidez.

En suma, tendrás que calcular primeramente la base reguladora, conforme mostrado en los tópicos anteriores. Después de determinada esta base, se le aplicará un porcentaje, que dependerá del grado de incapacidad que se haya reconocido. 

Como habrás percibido, el cálculo de las pensiones por incapacidad permanente no es nada simple. Cualquier detalle puede invalidar totalmente la cuantía a percibir.

Si necesitas calcular la cuantía de la pensión por incapacidad permanente, puedes contar con nosotros. Somos abogados expertos en incapacidades en Sevilla. Contáctanos sin compromiso, la primera consulta es gratuita.

Infórmate de todo lo que necesitas saber para calcular la cuantía de la pensión por incapacidad permanente.