Enterarse de un momento a otro de estar despedido no es agradable para ningún tipo de empleado, más aún si no has incumplido con tus labores y no le has falta a tu empresa. No te desconsueles que puedes revisar junto a los Abogados despido nulo en Sevilla todos los aspectos legales para determinar si ese despido procede efectivamente. Pero tienes que estar alerta si te han despedido, revisa bien, quizás estés delante de un despido nulo sin darte cuenta.
Para que un despido sea efectivo legalmente debe cumplir con ciertos aspectos. Aunque te sientas desesperado, es momento de calmarte y prepararte para la revisión exhaustiva que se viene para ver si no estáis ante un despido nulo.
Siempre que vamos a un proceso judicial, obviamente queremos hacer que todo tipo de despido se vuelva a nulidad. Aquí ponemos la información para saber si estás ante un caso de estos.
Los Abogados despido nulo Sevilla te explican todo sobre el despido nulo
Los tribunales laborales en el caso de los despidos tienen en tres calificaciones para los despidos que allí se ponen en discusión entre el empleador y el trabajador. Los despidos pueden ser procedentes, improcedente o nulos. Ahora nos interesa explicar en detalle el despido nulo para que los trabajadores se sientan bien informados sobe cada uno.
En el caso particular del despido nulo, el juez considera que hay existencia de actos que discriminan o atentan contra los derechos y libertades de los trabajadores. También donde el trabajador se sienta que le falta de protección a su familia.
Por despidos nulos el trabajador obtiene la debida indemnización en casos de agravio probado y la reposición de salarios no percibidos durante el proceso desde la fecha del despido. En este tipo de despido los Abogados despido nulo Sevilla te aseguran que tu recurrencia saldrá exitosa y tu reintegro a tus labores es indiscutible.
Causas para calificar un despido como nulo
Obviamente ya el concepto descrito por los Abogados despido nulo Sevilla explica que la Ley de España controla las libertades y derechos que tiene todo trabajador. Si los empleados se sienten violentados en estos aspectos al momento del despido en cualquiera de estas debe ir a la sala de apelaciones para buscar su nulidad.
En esta parte del apartado se explican algunas causales que te defienden con seguridad al momento de un despido inesperado.
- Si el despido se produce durante la gestación, sobre todo si es un embarazo de riesgo o se ha generado alguna enfermedad gestacional.
- Si se está en proceso de adopción, acogimiento o paternidad.
- Si estas cumpliendo el período de lactancia en los primeros 9 meses de vida del bebé.
- Si naciera tu hijo de forma prematura.
- Si se está cumpliendo en período de excedencia por cuidados especiales de hijos o familiares y amerita inasistencias o reducción en la jornada laboral.
- Si has sufrido violencia de género y reduces el tiempo de asistencia al trabajo por la gestión de hacer valer tus derechos legalmente o ser atendida por profesionales de la medicina en cualquiera de sus áreas.
Los abogados despido nulo Sevilla no queremos cerrar esta parte dejando saber claramente que el despido será considerado nulo siempre que alguno de estos sea causa descrita en la carta de notificación del despido. Muchas veces el empleador lo hace queriendo enmarcarlo como un despido disciplinario.
Su caso será procedente ante un tribunal si usted presenta las pruebas o justificativos avalados por los diferentes organismos legales o de salud que atienden el seguimiento a la actividad que estés realizando.
Consecuencias una vez que el despido es declarado nulo
Con seguridad este tipo de despido tiene consecuencias que afectan en general al empleador, a continuación te describimos algunas:
- El despido nulo obliga al empleador a readmitirle nuevamente en tu cargo de trabajo, sin desmejorar ninguno de las condiciones o beneficios que tenías antes del despido.
- La empresa deberá cancelar tu salarios no percibidos durante el proceso jurídico.
- El empleador debe cancelar ante el Seguro Social las cotizaciones correspondientes hasta la fecha como si nunca te hubiera despedido.
- La indemnización es de carácter discutible y probable pero es válida siempre que el trabajador pueda probar ante la ley que sufrió daños y perjuicios durante el proceso.
- En el caso particular que el trabajador ya esté trabajando para otra empresa al momento de la decisión del tribunal. El trabajador está en el derecho de decidir si vuelve o no al cargo anterior. Y la empresa que le despidió solo le reconocerán los salarios hasta la fecha que la nueva empresa le haya comenzado a cancelar.
- En el caso de cobro de la Seguridad social por el trabajador, la empresa le regresa a Seguridad Social lo cancelado al trabajador y el trabajador solo recibirá el resto en diferencia de lo ya cobrado en el paro.
Casos que convierten despidos de otros tipos en despido nulo
En distintos artículos publicados por los Abogados despido nulo Sevilla se ha explicado que hay muchas causas detalladas que pueden hacer que un despido se vaya a nulidad.
Desde la carta de despido hasta las fechas, formas y justificaciones que use el empleador poder dar pie a que la decisión del juez revoque el despido, aquí te dejamos algunos casos que de seguro servirán para convertir el despido en nulo.
- El preaviso
Es el tiempo prudente y previo que debe considerar el empleador para hacer llegar la carta de despido. Este no es un proceso de un día a otro y la ley establece 15 días mínimos y pudiera ser diferente de acuerdo al motivo del despido pero nunca menor. También debe entregarse antes de los últimos 15 días anteriores a la expiración del contrato.
- La indemnización
Sea cual sea el tipo de despido que considere estar abordando el empleador. Debe cancelar en monto calculado por ley según la antigüedad del trabajador dentro de la empresa. O bien ponerlo a disposición de que el empleado decida cuando recibirlo. También tiene incidencia el mal cálculo de la indemnización ya que se supone que el empleador se rige por los estatutos de Ley.
- Licencia por horas
Una vez recibida la notificación de despido el trabajador y firmada conforme o no. El empleador debe poner a su disposición 6 horas semanales para que el trabajador busque otro trabajo. Este caso se cumple solo para jornadas laborales completas.