El complemento de maternidad Seguridad Social puede ser reclamado por padres.¿Cómo es eso posible si es de maternidad, es decir, para madres? Irónicamente ese es precisamente el motivo por el que algunos hombres pensionistas pueden solicitarlo. 

Complemento maternidad Seguridad Social, ¿qué era?

Como puedes notar, la pregunta de este subtema está en pasado. La razón es que actualmente el complemento de maternidad ya no está vigente. Aún así, los padres que cumplan con los requisitos previamente establecidos podrán demandar que se les reconozca dicho beneficio. 

La razón estriba en una sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó en el mes de diciembre de 2019. En esta se estableció que el complemento era discriminatorio porque no había ningún mecanismo equivalente para los hombres. Entonces, la única razón por la que no podían recibirlo los padres era por el hecho de ser hombres. Por supuesto, esto está en contraposición a los ideales de igualdad que rigen a la comunicación europea. 

A consecuencia de la sentencia antes mencionada, la Seguridad Social se vio obligada a reconocerle a un padre de 4 hijos su derecho a recibir el complemento de maternidad. Además, se desató una oleada de demandas de otros padres que reunían todos los requisitos para acceder a este beneficio, a excepción de ser mujer. Entonces, vez tras vez los tribunales se pronunciaron a favor de los demandantes, siguiendo la lectura del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. De hecho, es poco probable que un hombre que reúne los requisitos reciba una respuesta desfavorable por parte de los tribunales. Esto es perfectamente comprensible porque no pueden interpretar algo diferente al TJUE, a menos que haya un justificante realmente válido.

Cuáles son los requisitos para reclamarlo.

Básicamente, el pensionista debe haber sido padre de dos o más hijos antes del hecho causante, es decir, antes que se le reconociera la pensión. En este punto, es igual de válido que sean hijos biológicos o adoptivos. Esto es algo básico porque el complemento fue diseñado para compensar su contribución demográfica a la Seguridad Social. 

Además, para poder reclamar el complemento de maternidad la pensión debió reconocerse durante el período de vigencia de dicho beneficio. Este período comprende del 1 de enero de 2016 al 3 de febrero de 2021. Por lo tanto, las pensiones que se hayan reconocido antes de esta fecha no podrán demandar que se les reconozca. De igual manera, si la pensión se reconoció después de ese período, tampoco será posible reclamar dicho beneficio. Sin embargo, en este último caso se puede acceder al complemento para la reducción de brecha de género. 

Con respecto al tipo de pensión, solo está disponible para las pensiones contributivas de la Seguridad Social, especialmente las de jubilación, de incapacidad permanente, de viudedad y de jubilación anticipada por causas ajenas al trabajador. 

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