Abogados invalidez absoluta

Si está considerando presentar una reclamación por discapacidad absoluta puesto que le resulta difícil o imposible trabajar, o ya ha presentado una reclamación y se le ha negado, es posible que se esté preguntando si debería contratar los servicios de un buen abogado.

La mayoría de los reclamos por discapacidad del Seguro Social se rechazan en los niveles iniciales de reclamación y reconsideración, ya sea que un demandante por discapacidad esté o no representado por un abogado.

Desarrollar un caso de discapacidad

El simple hecho del asunto es el siguiente: la gran mayoría de los reclamantes por discapacidad absoluta no tiene idea de cómo preparar de forma adecuada y exhaustiva un caso de discapacidad para una audiencia.

Mientras que un abogado tiene un alto nivel de familiaridad y experiencia con las leyes y normas aplicables en estos casos.

Posibilidades de ganar sin ayuda de un abogado

¿Puede un reclamante de discapacidad que no esté representado por un abogado aún ganar un reclamo de discapacidad absoluta?

La respuesta es SÍ. Es posible. Sin embargo, las probabilidades de ganar un reclamo por discapacidad se reducen notablemente cuando un reclamante no lleva a un abogado o representante a la audiencia.

Los Abogados de Incapacidad Permanente Laboral, son expertos jurídicos en el área, están en capacidad de evaluar si un solicitante de orientación jurídica se encuentra en situación de Incapacidad permanente (entendida esta como parcial, total, absoluta, gran Invalidez).

Abogados de Incapacidad Permanente


Estos profesionales jurídicos deben conocer los aspectos de salud de las clases de incapacidad laboral, parcial, total, absoluta o Gran Invalidez.

El profesional experto en Incapacidades permanentes tiene que estar calificado. Puesto que involucra dos especialidades, tanto de orden laboral como de Seguridad Social.

En la mayoría de casos hay que iniciar un escrito de revisión de la calificación del grao de incapacidad. Este informe se envía al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Esto se conoce como reclamación previa, la cual se tiene que interponer previamente a la vía laboral en el plazo de 30 días desde la notificación de la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social al trabajador.

Cuando se dicta la resolución denegatoria de la reclamación ante la vía judicial laboral, efectuada sobre la Incapacidad permanente laboral, el abogado aborda la vía judicial laboral, en reclamación del grado de Incapacidad que haya podido ser denegado.

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El proceso de incapacidad permanente

En el caso que un trabajador no logre la Incapacidad que le corresponda, al tener las enfermedades fisiológicas físicas o mentales determinantes de un grado de incapacidad permanente, le asesorarán como seguir todo el curso del proceso legal.

El derecho a la asistencia jurídica no puede restringirse ni en el caso de que no sea preceptiva la intervención del abogado en la instancia.

Pensiones por Incapacidad laboral Permanente

La incapacidad permanente puede ocasionar dos tipos diferentes de pensiones: una de orden contributiva por incapacidad permanente, devengada por los trabajadores que, dada la situación de invalidez, vean rebajada o anulada su capacidad de laboral.

En consecuencia, siempre que reúnan los requisitos exigidos, supone una sustitución de las rentas de trabajo que dejan de percibir.

La otra es la llamada pensión no contributiva, que cubre una contingencia invalidante pero sin que suponga la existencia previa de una relación laboral y, es por esa razón, una pérdida del trabajo.

Es obligatoria la asistencia de un abogado para diligencias en la Sala de lo Social del Tribunal Supremo y en los recursos de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

La enfermedad de alcoholismo ha sido reconocida como tributario de la Incapacidad si se trata de profesiones cuyo desempeño en dichas circunstancias supondría un riesgo.

La discapacidad para la ejecución del trabajo es un problema laboral y social. Es una circunstancia que involucra a un trabajador que, por alguna razón de salud física o mental, se ve impedido de realizar su trabajo, y que debe ser compensado adecuada y oportunamente como lo prescribe la ley.