Para comprender las razones que dan lugar a la declaratoria de incapacidad permanente, es importante destacar algunos puntos importantes. Entre ellos, la perdida de capacidades por parte del trabajador afectado, dando lugar a que este pueda reclamar una indemnización.

Por ejemplo, en caso de que el trabajador resulte afectado en un accidente laboral y como consecuencia de este sufra una reducción de tipo anatómica o funcional, con la perdida de un miembro u órgano. Así como también con la pérdida parcial o total de funcionalidades.

Los abogados pueden ayudar en casos de incapacidad permanente, cuando el trabajador afectado experimenta una disminución en su capacidad laboral. A su vez, esto se mide en función de los grados de afectación sufridos, yendo desde menos grave a mas grave. 

Requisitos de la incapacidad permanente

Para que un trabajador español pueda presentar la solicitud de una indemnización por concepto de incapacidad permanente se requiere contar con abogados, que te asesoren en cuanto a los requisitos necesarios para proceder legalmente.

Los principales requisitos que debes cumplir, están los siguientes:

  1. El trabajador afectado deberá estar afiliado, además de estar asimilado o en alta.
  2. Para que la incapacidad permanente sea procedente, este no debe tener la edad de jubilación.
  3. En caso de que derive de una enfermedad celíaca, se exige un periodo de cotización previa, comúnmente conocido como el periodo de carencia. 

Grados de incapacidad permanente

Existen cuatro grados o niveles de incapacidad permanente que los abogados pueden medir en función de las características de afectación del trabajador demandante.

  1. Incapacidad permanente parcial: En este primer grado, el afectado puede continuar desempeñando su trabajo habitual, además de cumplir otras funciones y realizar por cuenta propia los actos esenciales de la vida.
  2. Incapacidad permanente total: En este segundo nivel, se ve imposibilitado de desempeñar su trabajo habitual, sin embargo, aun reúne las condiciones para realizar otros trabajos, así como también los actos esenciales por cuenta propia.
  3. Incapacidad permanente absoluta: Este grado es una de los de mayor gravedad, ya que el trabajado queda totalmente inhabilitado para cumplir con el desempeño de cualquier trabajo, pero aun conversa facultades para poder realizar sus actos esenciales.
  4. Incapacidad permanente por gran invalidez: En el cuarto y último grado de la escala, siendo el más perjudicial para el trabajador, ya que no solo se ve imposibilitado de forma permanente para el ejercicio de cualquier tipo de trabajo.

Además, para el desarrollo de sus actos esenciales, requiriendo de la asistencia de terceros.

Cabe destacar, además, que los abogados especialistas en incapacidad permanente, pueden demandar una indemnización para el grado parcial, con un pago único equivalente en euros a 24 mensualidades de la base reguladora.

Mientras que, en los casos de Incapacidad permanente de tipo; total, absoluta y de gran invalidez, se reclama una pensión, cuyo monto es calculado en base a un porcentaje de la base reguladora, que va en aumento en desde un 55% al 100% o superior según el grado de gravedad.

Conclusiones

Es importante que sepas que un expediente de incapacidad permanente atraviesa por varias etapas, por lo tanto siempre será necesario contar con asesoramiento jurídico, para evitar demoras y asegurar resultados favorables para el trabajador que se ha visto afectado.

Los profesionales del derecho expertos en incapacidad permanente de Pérez y Bravo abogados, pueden ayudarte a comprobar si reúnes todos los requisitos necesarios, en cuanto a cotización y de acceso, a fin de saber con certeza si estas en capacidad de resultar resarcido.

Recuerda de que en caso de que la contingencia que da lugar a vuestra incapacidad sea motivado a un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, será necesario que acredites un parte de confirmación de baja que certifique este elemento.