En el ejercicio del derecho hay varias especialidades que pueden estudiar y ejercer los abogados, el derecho laboral es uno de estos. Este se encarga de todo lo inherente con las relaciones entre los trabajadores y los empresarios. Debido a la importancia que tiene para todos los trabajadores el conocimiento básico de éste. ¿Sabes cuáles son las claves del derecho laboral para los trabajadores?. Acompáñanos y aclararemos todas las dudas.

¿Qué es el Derecho Laboral?

Es una rama del derecho que permite manejar las interacciones desde el punto de vista legal entre los trabajadores y los empresarios. Abarca el asesoramiento y defensa jurídica de los trabajadores y empresarios de acuerdo al estatuto de los trabajadores y demás normas relacionadas.  

Todo abogado derecho laboral Sevilla está en la obligación de hacer valer los derechos de los trabajadores que lo contraten. Así como velar por el cumplimiento de los deberes de los empleadores de su clientes.

Abogado derecho laboral Sevilla

Tanto en Sevilla como en toda España es lamentable observar como miles de trabajadores son abusados diaria y continuamente. Soportan situaciones que no son legales solo por miedo a ser despedidos y quedar desempleados. Si recién inicia en el mundo laboral o tiene tiempo en esto pero desconoce sus derechos laborales, estas claves fundamentales son para ti.

Por otro lado si considera que se han violado alguno de estos u otros de sus derechos laborales le recomendamos contactar un abogado derecho legal Sevilla.

Claves del derecho laboral

  1. Contrato de trabajo:

Es un acuerdo verbal o escrito a través del cual el trabajador se compromete a cumplir las obligaciones impuestas por el empleador. Según unas clausulas estipuladas y por un periodo de tiempo estipulado o indefinido. Puede ser a tiempo total cuando se lleva a cabo durante una jornada completa de máximo 9 horas. También puede estipularse un contrato a tiempo parcial cuando se requiere de un periodo laboral a medio tiempo.

Para contratos de 6 horas o más de trabajo se establece un descanso de mínimo 15 minutos. La jornada laboral máxima es de 9 horas diarias a partir de las cuales deben pagarse horas extraordinarias.  Éstas valen hasta 75% más del salario normal.

Por su parte en los contratos a tiempo parcial está permitido por ley  trabajar horas complementarias hasta un 15% de las horas establecidas en el contrato. Las cuales serán pagaderas al mismo monto de las horas ordinarias. A través de los convenios colectivos se pueden establecer un porcentaje mayor de horas complementarias hasta un 60% de las ordinarias.  

Los contratos son elaborados por el abogado derecho legal Sevilla del empresario por lo que consultar a uno propio no es mala idea. Así puedes evitar ser abusado por tu futuro empleador desde el inicio de la relación laboral.  

  1. Salario:

Es importante revisar en el convenio colectivo del sector ya que en este se consiguen los puestos de trabajo junto a sus funciones. Así como el sueldo mínimo que le corresponde a cada puesto. Por lo que al momento de firmar el contrato con el empleador es importante revisar que este se ajuste al convenio.  

Es importante revisar este detalle salarial así como que las cotizaciones sean las adecuadas ya que muchos empleadores se ahorran en estos ítems. En caso de detectar este tipo de discrepancias y ya estar contratado se recomienda contactar un abogado derecho legal Sevilla. Quien te puede asesorar en cual es el mejor procedimiento legal para este caso y te acompañará en el desarrollo del mismo.

  1. Vacaciones:

Todo trabajador tiene derecho a 30 días de vacaciones al año los cuales deben ser tomados 15 días en periodo veraniego obligatorio. Los otros 15 se toman en otro período, son negociables pero generalmente se solicita tomarlos en los períodos de menor producción.

En caso de ser necesario que las vacaciones no se tomen en cierto lapso de tiempo. Se puede negociar con el empresario que se paguen las vacaciones pero no se cojan, en este caso deben abonarse en el finiquito. Pueden tomarse 30 días naturales (corridos) o 24 laborales.

  1. Despidos:

Dentro de la legislación nacional se establecen tres tipos de despidos de acuerdo de sus causas los cuales son: objetivos, disciplinarios y colectivos. Siendo el primero aquel en el empresario de acuerdo a las justificaciones de ley decide terminar la relación laboral. En el disciplinario se toman en cuenta el incurrimiento en faltas específicas como falta al trabajo en reiteradas ocasiones.

A su vez los colectivos son aquellos en donde se despiden más del 10% del personal de la empresa. Generalmente las razones son las mismas de que los despidos objetivos y en ambos caso corresponde una indemnización. Sea cual sea la causa del despido si consideras que es injusto puede impugnarse antes un juez de lo social.

De acuerdo a la resolución del juez se pueden considerar los despidos como procedentes, improcedentes o nulos. El primero se refiere a aquel que el funcionario considera válido y por ende debe de llevarse a cabo. Sin embargo, si el despido es considerado improcedente el empresario debe proceder a realizar la readmisión del trabajador y pagarle el salario de tramitación. O puede decidir no readmitirlo y pagar una cuantiosa indemnización.

Asimismo un despido nulo es aquel en que el juez considera que se está ante caso de discriminación por embarazo, orientación sexual, entre otros. En este despido se debe readmitir al trabajador a menos que este no lo desee y abonarle el salario de tramitación.  

  1. Finiquito e indemnización:

Es importante conocer la diferencia entre estos dos pagos ya que el finiquito corresponde al pago pendiente realizado al finalizar una relación laboral. En este caso se realiza cuando termina un contrato temporal o si existe una renuncia. Corresponde al dinero pendiente de las vacaciones no disfrutadas, pagas extras si no han sido distribuidas mensualmente u horas extraordinarias de ese mes.

Por su parte la indemnización es acreditada solo en caso de despido siendo variable según el tipo. Debiendo pagar de 8 a 20 días por año según la fecha de la firma del contrato para despidos objetivos o colectivos procedentes. Así como indemnizando al trabajador con 33 días de salario por año cuando corresponda a un despido improcedente.   

Es importante que conozcas tus derechos y si sientes que en algún momento te han sido violados o tienes una duda al respecto. Es recomendable que consultes un especialista tal como un abogado derecho legal  en Sevilla quien te apoyará en todos los procesos necesarios.